Se puede decir que la legislación informática es un conjunto de reglas jurídicas de carácter preventivo y correctivo derivadas del uso de la informática.
Por otra parte, dicha reglamentación deberá contemplar las siguientes problemáticas debidamente identificadas:
- Regulación de los bienes informáticos.- Ya que la información como producto informático requiere de un tratamiento jurídico en función de su innegable carácter económico.
- Protección de datos personales.- Es decir, el atentado a los derechos fundamentales de las personas provocado por el manejo inapropiado de informaciones nominativas.
- Flujo de datos transfronterizos.- Con el favorecimiento o restricción en la circulación de datos a través de las fronteras nacionales.
- Protección de software.- Como resolución a los problemas provocados por la llamada “piratería” o pillaje de programas de cómputo.
- Delitos informáticos.- Como la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que tenga a las computadoras como instrumentos o fin.
- Contratos informáticos.- En función de esta categoría contractual sui géneris con evidentes repercusiones fundamentalmente económicos
- Ergonomía informática.- Como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades.
- Valor probatorio de los soportes modernos de información.- Provocado por la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales.
Estructura del marco jurídico en México
El marco
jurídico de México tiene en su ayuda o régimen la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, conjuntamente, unos tratados
internacionales de los que en México forma parte con sus leyes,
consecuentemente, las normas secunvecinas como la ley federan del
trabajo y siguiendo con los reglamentos y como ultimo las leyes
oficiales de México.
Se compone de los siguientes poderes:
Poder Ejecutivo
Comprende una de los tres organismos y ejecuciones más
importantes del estado, tiene como consistencia hacer cumplir las
normas y que tiene que ejercer la organización con el propio encargado
de estado.
- República: Agenda de actividades, gabinete, discursos, noticias, comunicados de la presidencia, programa de Radio, enlaces a sitios de interés.
- Estado: Vínculos a las diversas secretarías que actualmente están colaborando en la administración pública federal.
- Organismos Autónomos, Descentralizados y Desconcentrados. Enlaces a diversos organismos que colaboran con el poder ejecutivo Federal a fin de proporcionar un servicio rápido y eficaz en cuanto a materia de administración pública se refiere.
- Organismos Autónomos Constitucionales.
- Otros Sitios gubernamentales de interés, enlaces a programas, servicios, subsecretarías de la administración pública.
- Embajadas y Consulados: Consulados Mexicanos que se localizan principalmente en E.U.A, Embajadas Mexicanas que se encuentran en diversos Países, y Embajadas Extranjeras que se localizan en nuestro País.
Poder legislativo
Es uno de los 3 principales organismos funcionales del
Estado, que consiste en la aceptación de las leyes con un rango normal.
Es uno de los 3 objetivos generales que simplemente se divide el poder
de un estado.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Mesa Directiva, Organización, Administración, Directorio de Diputados, Junta de Coordinación Política, Comisiones y Comités, Grupos Parlamentarios, Constitución Política, Marco Jurídico del Congreso, Leyes Federales, Normatividad Diversa, Iniciativas, Acuerdos, Datos Relevantes de las Sesiones, Diario de Debates, Acervo Histórico y TV, Centros de Estudios, Servicios Parlamentarios, Partidos Políticos, Gaceta Parlamentaria, Archivo de Boletines de Prensa y de Monitoreo de Radio, Sesiones en Vivo, Eventos, Biblioteca, Publicaciones, Congresos Estatales, Ligas a Sitios de Interés.
- Senado de la República: Estructura y Organización, Proceso Legislativo, Breve Historia, Marco Jurídico, Función Territorial, Control Constitucional, Mesa Directiva (Integrantes, Antecedentes, Facultades, Informes y Acuerdos), Leyes y Decretos, Gaceta Parlamentaria, Diario de los Debates, Estenografía, Documentos de Apoyo Parlamentario, Archivo Histórico y Memoria Legislativa, Comisión Permanente, Grupos Parlamentarios, Comisiones, Relaciones Parlamentarias Internacionales, Informes, Gaceta, Documentos, Publicaciones, Boletines de Prensa, Foros y Seminarios, Biblioteca, Enlaces a Otros Sitios de Interés.
- Canal del Congreso: Administración del Canal, Cobertura, Comisión Bicameral, Barra Programática, Series, Actividad Parlamentaria, Foros de Discusión, Breves, Encuentro Legislativo, Competencias, Noticias, Vínculos a Sitios de Interés.
Poder Judicial
Se compone en:
- Suprema Corte de Justicia de la Nación Historia, Organización, Legislación Federal, Jurisprudencia, Directorio de Ministros, Sesiones del Pleno, Asuntos Relevantes, Informes, Compilación de Leyes, Acervo Documental, Archivos Generales, Transparencia, Publicaciones, Comunicados de Prensa, Licitaciones, Biblioteca, Vínculos a Sitios de Interés.
- Consejo de la Judicatura Federal (CJF) Historia, Transparencia, Organización, Directorio de Magistrados y Jueces, Consulta de Acuerdos, Lista de Sesiones, Licitaciones Públicas, Órganos Auxiliares, Secretarías Ejecutivas, Nuevos Órganos, Carrera Judicial, Comunicados, Publicaciones, Ligas a Sitios de Interés.
- Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) Antecedentes Históricos, Marco Legal, Objetivo, Estructura, Delegaciones, Servicio de Defensoría, Supervisión y Evaluación, Convenios, Informe, Capacitación, Noticias.
Debido al interés en el mundo por respetar la distribución y
el uso de las publicaciones digitales, el 20 de diciembre de 1996 surgió en
Ginebra, Suiza, el Tratado WIPO de Derecho de Autor (WIPO Copyright Treaty
(WCT)). Éste entró en vigor hasta abril de 2002 para ocuparse de los derechos
de distribución, alquiler y comunicación al público, quedando protegidos los
programas de computadora, las compilaciones de datos y otros materiales,
siempre que sean creaciones intelectuales.
Derecho de autor
El derecho de autor es un término jurídico que describe
los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas.
Derecho informático de autor
Es el conjunto de normas jurídicas que van a regular los
derechos de autor en el ámbito de la informática.
Existe una gran variedad de obras que comprende el derecho
de autor, tales como: poemas, dibujos, novelas, composiciones musicales, obras
de teatro, mapas ,documentos de referencia, periódicos y programas informáticos;
bases de datos; películas, pinturas, fotografías y escultura; obras
arquitectónicas; publicidad.
Los creadores originales de obras protegidas por el derecho
de autor y sus herederos gozan de ciertos derechos básicos:
- Detectan el derecho exclusivo de utilizar o autorizar a terceros a que utilicen la obra en condiciones convenidas de común acuerdo. El creador de una obra puede prohibir u autorizar:
- Su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y la grabación sonora;
- Su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra de teatro o musical;
- Su grabación, por ejemplo, en discos compactos, casetes o cintas de vídeo;
- Su transmisión, por radio, cable o satélite;
- Su traducción a otros idiomas, o su adaptación, como en el caso de una novela adaptada para un guión.
Propiedad industrial
La propiedad industrial se refiere al derecho sobre las
patentes de invención, los modelos de utilidad, los dibujos o modelos
industriales, las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, el
nombre comercial, las indicaciones de procedencia o denominaciones de
origen.
Deberá de tener claro qué tipo de obras serán registradas y
a cuál de las dos clasificaciones pertenecen. Por otro lado si se desea
adquirir algún producto o idea registrado deberá de entenderse la forma de
adquirir facultades de uso sobre este.
¿Qué tipo de bienes se registran como propiedad industrial?
Invención: Es toda
creación humana que transforma la materia o la energía, para el aprovechamiento
del hombre y satisfacer sus necesidades. Son patentables las invenciones que
sean nuevas, sean resultado de una actividad incentiva y tengan aplicación
industrial.
Diseño industrial, pueden ser de dos tipos:
Dibujos
industriales: Combinación de figuras, líneas o colores que incorporen a un
producto industrial con fines de ornamentación y que den un aspecto peculiar o
propio).
Modelos
industriales: Toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la
fabricación de un producto industrial, que le de apariencia especial en cuanto
no implique un efecto técnico.
Modelo de
utilidad: Los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado
de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma,
presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o
ventajas en cuanto a su utilidad.
Marca: Es todo
signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o
clase en el mercado.
Nombres comerciales: Es todo signo visible que diferencia a una empresa de otra que realiza
actividades similares o iguales.
Aviso comercial: Son las frases u oraciones que tengan como objetivo anunciar al público
establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, para
distinguirlos de los de su especie.
Denominación de
origen: Es el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar
un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban
exclusivamente al medio geográfico, comprendido en éste los factores naturales
y los humanos.
Secreto
industrial: Es toda información de aplicación industrial o comercial que guarde
una persona física o moral con carácter confidencial, que signifique obtener o
mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la
realización de actividades económicas.
Prácticas desleales
Las prácticas desleales son un sistema de defensa. En la
Secretaría de Economía existe un departamento encargado a este tipo de
prácticas. Incluye la jefatura de unidad técnica jurídica de investigación de
dumping y subvenciones, investigación de daño y salvaguarda, procesos jurídicos
internacionales.
Los incentivos para incurrir en prácticas desleales son
varios y significativos, como por ejemplo penetrar a mercados difíciles,
maximizar utilidades o fulminar a la competencia. Algunos empresarios
acrecientan los costos fijos para aumentar la producción o reducir costos
fijos, por lo que tratan de colocar los productos fuera; algunos mediante los
comportamientos mencionados.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es
un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio
propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad
industrial en nuestro país.
En su sitio web oficial (http://www.impi.gob.mx/) es posible
encontrar bastante información relacionada con las marcas, patentes y
registros, además de ofrecer asesorías al respecto.
FUENTES DE CONSULTA:
http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r79822.PDF
http://mitecnologico.com/sistemas/Main/EstructuraDelMarcoJuridicoEnMexico
http://culturaempresarialparatodos.blogspot.mx/2009/02/51-estructura-del-marco-juridico-en.html
http://www.edicion.unam.mx/html/3_5_2.html
http://culturaempresarialparatodos.blogspot.mx/2009/02/52-derechos-del-autor-de-informacion.html
http://www.tuempresa.gob.mx/-/propiedad-intelectual-derecho-de-autor-y-propiedad-industrial
http://culturaempresarialparatodos.blogspot.mx/2009/02/53-propiedad-industrial-y-practicas.html
http://www.impi.gob.mx/QuienesSomos/Paginas/default.aspx
No hay comentarios:
Publicar un comentario